 Permisos licencias armas La legislación en España especifica que nadie podrá llevar ni poseer armas de fuego en territorio español sin disponer de la correspondiente autorización expedida por los órganos administrativos: son los popularmente conocidos permisos de armas o licencias de armas. La licencia de armas "B" concedida por el Director General Guardia Civil está pensada para particulares al considerarse "licencias para defensa personal". Tiene una vigencia de tres años y ampara armas de la 1ª categoría: armas de fuego cortas incluyendo las pistolas y los revólveres.
La obtención de la licencia de armas implica superar una serie de pruebas médicas y una exploración psicológica. Durante las pruebas médicas se pregunta sobre enfermedades o medicamentos que puedan afectar a la seguridad y se realiza una inspección general: cabeza, cuello, extremidades y agudeza visual entre otras.
La exploración psicológica evalúa las aptitudes perceptivomotoras y una valoración sobre la personalidad del demandante. |